Contratos
¿Qué documentación hay que aportar para la firma del primer contrato de Profesor?
2 fotocopias del D.N.I.
Fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social
Original del Título Universitario y fotocopia para su compulsa
Certificado Médico
Datos bancarios

En el caso de realizar otra actividad, ya sea actividad pública, privada o ejercicio libre de la profesión, tendría que solicitar la compatibilidad.
¿Qué documentación es necesario aportar para solicitar la compatibilidad? (Solo Profesores Asociados y Profesores Sustitutos a tiempo parcial)
Certificado de horario de su actividad principal.
Certificado de horario de docencia y tutoría del Departamento.
¿Puede firmar contrato si tiene que solicitar compatibilidad?
No. El plazo de firma queda prorrogado hasta que se resuelva la compatibilidad solicitada.
¿Qué documentación habría que aportar para firmar la prórroga del contrato de Profesor Asociado o Sustituto Interino a tiempo parcial con otra actividad?
* Si la actividad principal es pública: 
  Hoja de Servicios de dicha actividad pública.
* Si la actividad principal es privada:  
  Informe de vida laboral, o en su caso,
 
  Certificado de IAE del período correspondiente.
 
  Certificaciones de declaraciones de IVA del período correspondiente.
* Si realiza ejercicio libre de la profesión:
  
Certificado del Colegio Oficial de estar dado de alta y ejerciendo dicha actividad.
¿Quién puede solicitar la suspensión especial del contrato?
El Profesorado contratado que lleve, como mínimo, dos años al servicio de la Universidad. (art. 34 del I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía)
¿Qué duración máxima tiene la suspensión especial del contrato?
Dos años.
¿Cómo se solicita la suspensión especial del contrato?
Presentando el interesado una instancia por Registro o a través de la tramitación electrónica (Estela).
Estando en la situación de suspensión especial del contrato ¿cuándo debe comunicarse la reincorporación a la Universidad?
Con  un mes de antelación a la finalización de la suspensión. Si no solicita la reincorporación en el plazo establecido, se procederá a su cese por renuncia.