Es
la autorización para poder ausentarse del Centro de trabajo. Puede concederse
por motivos de estudio, investigación, asistir a congresos, seminarios,
conferencias, reunión de trabajo o gestión de administración.
Cada
vez que vaya a ausentarse del Centro de trabajo por alguno de los motivos
mencionados.
Dependerá
de la duración de la licencia:
* Hasta
quince días de duración: el Decano/a o Director/a del Centro.
* Más
de quince días de duración: el Vicerrector/a de Profesorado por delegación del Rector.
* Más
de tres meses de duración: el Consejo de Gobierno.
Sí,
en todo caso es necesario informe del Departamento y del Centro.
Por
Registro, con el impreso de licencia por estudios que puede encontrar en la
página web del Área de PDI (
www.docentes.us.es), debidamente cumplimentado y
firmado por el interesado.
Es
la autorización para el abono de los gastos que conlleve la licencia por
estudios, en su caso.
* Si
es menos de quince días y con cargo a créditos de investigación: el Decano/a o Director/a
del Centro.
* Si
es más de quince días: el Vicerrector/a de Profesorado por delegación del Rector.
* Si
los gastos van con cargo al presupuesto general: el Vicerrector/a de Profesorado
por delegación del Rector.
Por
Registro, hay que presentar dos solicitudes, la solicitud de licencia por
estudios y la solicitud de comisión de servicio debidamente cumplimentada y
firmada por el solicitante, el Director del Departamento y el Responsable del
crédito.